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Directiva Europea sobre regulación del mercado asegurador

En este blog trataremos analizar el proceso de implementación de la Directiva Europea Solvencia II que afecta al mercado asegurador. La preparación para cumplirla comenzó alla por el año 2002 y la cuenta atrás para que las entidades afectadas culminen el proceso de adaptación es 2013.

Principios para cumplir los objetivos

El día 10 de julio de 2007 la Comisión Europea hizo público el borrador de la Directiva que servirá de base para el desarrollo del nuevo marco de solvencia para el sector asegurador denominado Solvencia II.

Así, nos surgen las primeras y más básicas preguntas ¿Qué es Solvencia II? y ¿Cuales son los aspectos principales, objetivos y medidas que promulga dicho texto?

Si nos abordaran por la calle y nos preguntaran, Perdone, ¿Conoce Solvencia II?, podríamos responder con una respuesta muy general como; Sí, es una normativa a nivel europeo que trata de reordenar y modernizar todo el entorno legislativo del seguro europeo. Esta definición, esta vaga respuesta, queda muy lejos de lo que podremos responder cuando hallamos indagado mas en el tema.

Como todas las secuelas normativas incluye novedades, por esto, la principal respecto a su antecesora Solvencia I es el establecimiento de un nuevo margen de solvencia, de carácter dinámico, en detrimento del porcentaje fijo en el que se basaba la normativa anterior, el cuál premiara a las compañías que gestionen de manera mas eficiente sus riesgos, con tal de minimizar, aún en mayor medida, el riesgo de que una entidad aseguradora  pueda entrar en procedimientos de insolvencia.

Con el camino medio recorrido , aquellas entidades que no hayan iniciado su adaptación al nuevo marco legal, se verán probablemente en problemas para realizar una gestión adecuada a partir de la fecha limite del 2013. Sin embargo, la cuestión que nombrábamos con anterioridad, el margen de solvencia, es particularmente reseñable para el mercado español, que visto desde una perspectiva global tiene una gestión de riesgos eficaz. De hecho, actualmente, el margen de solvencia es más de dos veces superior al que establece la legislación actual.

Nos fijamos ahora, en aquellos aspectos en los que influye la adaptación de la norma. Por un lado cuantitativos, en cuanto que las entidades participan en las pruebas de impacto cuantitativo (QIS), la mayor parte de ellas se encuentran preparadas para asumir los requerimientos cuantitativos de Solvencia II, pero además de esto debemos mencionar otros aspectos cualitativos que harán que muchas entidades de nuestro país deban aplicar cambios relevantes en su procedimiento actual.

Como he mencionado al principio del artículo, los objetivos de la norma están unidos al fin que persigue el Regulador del sector asegurador europeo con la implantación de Solvencia II. Son varias respuestas las que se buscan.




Para lograr estos tres objetivos, respectivamente se ha estructurado en tres pilares:


Mas adelante trataremos en profundidad dichos pilares.










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